martes, junio 28, 2011

el canon digital, creative commons y el copyright

El principal asunto es cuando hay un tercero que toma tu obra, cobra por ella o la usa para otro laburo sin tu autorización y vos no ves un peso. Por ejemplo este caso de acá y este otro caso de acá. Incluso cuando se podría pedir material colaborativamente, o algo así y no se hace (no voy a verter más letra que en la que en esos posts he puesto al respecto, léanlos si quieren).

Así que cansadita de caminar entre trapos (mucha vestidura rasgada en los últimos días) y después de haber dado vueltas durante meses a qué es Creative Commons y los usos y viabilidad de distribución de una obra, cuelgo acá la versión en video de un pdf provisto por la gente de Creative Commons que explica para qué sirve licenciar una obra bajo este tipo de sistema legal.


Compartiendo Trabajo Creativo from conbronca ... on Vimeo.

Para el que quiera interiorizarse más, dejo acá el link a Creative Commons mientras me voy a reflexionar al rincón eso de que a los fotógrafos con el temita del canon digital nos la pusieron cuatro veces por una: tenemos que pagar más cara la memoria de la cámara, el disco rígido donde almacenamos las fotos, los discos de backup y la memoria del dispositivo donde tendremos a mano (muy útil) nuestro portfolio para mostrárselo a algún posible cliente. Y eso, siendo los legítimos autores de nuestro material que tal vez tengamos licenciado bajo una licencia CC que establezca el libre uso del material mientras no se lucre con la obra y sea obligatoria la mención del autor, entre otras cosas.

Cuatro por uno es negocio, parece.

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APDEIT: gentes con posts al respecto por aquí.
APDEIT 2: otro por aquí
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APDEIT BIS:
Algo que no siempre queda claro es para qué se puede usar una licencia CC. Es bastante simple: restringe y libera algunos aspectos del copyright de una obra. En lugar de que sean "todos los derechos reservados", elegimos "reservarnos algunos derechos" sobre una obra. La cosa es que si no lo avisamos, prima el "todos los derechos reservados", y por eso tiene que elegirse bajo qué tipo de licencia se quiere distribuir determinado material. Podemos perfectamente cobrar por una obra y al mismo tiempo impedir que otros hagan plata con ella.

Más clarito, esto:

¿Los trabajos que usen las licencia de Creative Commons serán de 'dominio público’?
No. Las licencias Creative Commons están basadas en el derecho de autor y hacen que tu obra permanezca en el dominio privativo, pero con excepciones y limitaciones elegidas y explicitadas por cuenta propia. En el dominio público el autor ya no puede tener control sobre su obra, y pasa a pertenecer a toda la humanidad como patrimonio común colectivo.

Si utilizo una licencia Creative Commons, ¿pierdo mis derechos morales sobre la obra?
No. Los derechos morales, que comprenden: reconocer la paternidad de la obra y respetar la integridad de la misma, son intransferibles y no pueden cederse. Como las licencias Creative Commons están basadas en los derechos de autor, estos derechos se conservan sin importar la licencia que se escoja.

Si elijo la opción de licencia no comercial, ¿puedo seguir ganando dinero con mis trabajos con licencia?
Sí. La condición de “uso no comercial” sólo es válida para los que utilizan tu trabajo, no para el titular de los derechos de autor. Las personas que quieran utilizar tu trabajo a cambio de dinero no pueden hacerlo para conseguir un provecho comercial o compensación monetaria privada, por lo que se entiende que no debe mediar el lucro.
Otra cosa que hay que entender sobre las licencias Creative Commons es que no son exclusivas. Esto quiere decir que puedes permitirle al público general usar tu trabajo licenciado con Creative Commons y luego tener una licencia no exclusiva con otra persona, institución o empresa a cambio de dinero, por ejemplo.

Si las obras se licenciaran bajo este tipo de distribución y se actuara en consecuencia, otro gallo cantaría, ¿no?

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REAPDEIT: el tema sobre qué es el canon digital y a qué se aplicaría, más clarito que nunca, en esta infografía de vialibre.org.ar.
Lo que acá pretendemos tirar a la mesa es qué pasaría si las obras comenzaran a licenciarse con creative commons para su uso... y se actuara en consecuencia. Como para ir dos pasos más allá del problema "canon si o no".
Y en lo particular (como puse abajo en los comentarios) es cómo a mí, productora de archivos -fotos- que se almacenan en esos dispositivos gravados por el impuesto, me va a retornar ese beneficio (que hasta el momento, es lo que menos claro de todo tengo).
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Documental: "Copiad, malditos!" ¿Qué es la propiedad intelectual? ¿Y el copyright? ¿Hasta qué punto se puede poseer una idea? Desde hace algunos años y especialmente desde la irrupción masiva de la sociedad de la información, el sistema se está cuestionando constantemente. ¿Hasta qué punto puede ser un delito copiar? ¿No copiamos todos constantemente cuando pensamos?

5 comentarios:

G dijo...

YA que me van a cobrar de prepo. Me voy a inscribir en Sadaic, porque cuando canto el Feliz cumpleaños o me copeteo y me sale la marcha peronista, soy un interprete, amen de las consideraciones estéticas, tb me voy a inscribir en Argentores, Los chamuyos inspirados en Neruda, son al fin y al cabo mis versiones libres. Y finalmente cada tanto me da por grabar en el teléfono algún video, así que tb soy una especie de cineasta/documentalista. ¿entraré en la repartija de lo recaudado con el canon?

Paula dijo...

Me quedé pensando en tanta embajada que financia proyectos culturales y educativos proveyendo materiales para escuelas en modo gratuito, y que paga puntualmente a sus realizadores.
Nada, eso.

G dijo...

Y... Pagaran otra vez con el canon que grava el soporte, la diferencia es que por este segundo pago los realizadores no verán un peso...

Paula dijo...

Y yo como productora de "cosas que caben en un coso digital y que son plausibles de ser reproducidas" dónde me anoto para percibir el beneficio? Eh? (Hablo desde el más tosco desconocimiento de la causa)

Paula dijo...

Y lo que me da por el quinto quinto, es que se presuponga que voy a usar esos dispositivos para almacenar cosas robadas. Cuando las voy a usar para producir o almacenar contenidos producidos por mí!!!!